Acuerdo de Venta de Hardware de RemoteLock

Este Contrato de Venta de Hardware (el “Contrato”) se celebra entre RemoteLock, Inc. (“RemoteLock”) y la persona física o jurídica (el “Cliente”) que firma o acepta de cualquier otra forma un formulario de pedido, pedido web o documento similar (el “Formulario de Pedido”) que haga referencia a este Contrato e identifique el hardware vendido por RemoteLock al Cliente (el “Hardware”). Este Contrato entrará en vigor a partir de la fecha de ejecución por parte del Cliente y la aceptación por parte de RemoteLock del Formulario de Pedido que haga referencia a este Contrato (la “Fecha de Entrada en Vigor”). Si la persona que acepta este Contrato lo hace en nombre de una entidad legal, dicha persona declara que tiene la autoridad para vincular a dicha entidad y a sus filiales a este Contrato, en cuyo caso el término “Cliente” se referirá a la entidad y a sus filiales.
Tarifas.
Pago. El Cliente acepta que RemoteLock podrá cobrar al Cliente todas las tarifas aplicables por el Hardware (“Tarifas”). Las Tarifas aplicables se establecerán en el Formulario de Pedido o en la lista de precios vigente de RemoteLock para el Hardware. Todas las Tarifas cotizadas serán excluyentes de impuestos, aranceles y similares, que podrán ser cobrados por RemoteLock y serán pagados por el Cliente (excluyendo los impuestos basados en los ingresos netos de RemoteLock). Si el Cliente ha proporcionado una tarjeta de crédito y/o débito para el pago, el Cliente acepta que las Tarifas podrán cargarse inmediatamente. Si el Formulario de Pedido indica que las Tarifas se facturarán, estas deberán pagarse dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de la factura. Las facturas podrán enviarse inmediatamente, y el Cliente acepta que RemoteLock podrá enviar facturas a cualquier dirección que figure en el Formulario de Pedido. RemoteLock no estará obligado a utilizar el sistema de pago del Cliente para presentar una factura, y el Cliente declara por el presente que no requiere la emisión de una orden de compra antes de la facturación. Si el Cliente no paga las Tarifas a tiempo, RemoteLock podrá cobrar un interés del 1% mensual o el máximo permitido por la ley aplicable sobre los importes adeudados, lo que sea menor. La propiedad del Hardware no se transferirá al Cliente hasta el pago total de las Tarifas aplicables.
Garantía Limitada y Exención de Garantía.
Garantía Limitada.
Las garantías establecidas en https://www.remotelock.com/legal/warranty-and-returns-information se aplicarán al Hardware de la marca RemoteLock. En la medida en que tenga los derechos para hacerlo, la Compañía transferirá cualquier garantía aplicable a otro Hardware de los fabricantes de dicho Hardware.
Exención de Garantía.
EXCEPTO POR LAS GARANTÍAS EXPRESAMENTE ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE DOCUMENTO, EL CLIENTE ACEPTA QUE REMOTELOCK PROPORCIONA EL HARDWARE “TAL CUAL” Y SIN GARANTÍAS NI DECLARACIONES DE NINGÚN TIPO. REMOTELOCK NO OFRECE GARANTÍAS CON RESPECTO AL RENDIMIENTO DEL HARDWARE, YA SEAN EXPRESAS, IMPLÍCITAS, LEGALES O DE OTRO TIPO, Y REMOTELOCK RENUNCIA EXPRESAMENTE A TODAS LAS DEMÁS GARANTÍAS, INCLUIDAS, ENTRE OTRAS, LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE NO VIOLACIÓN DE DERECHOS DE TERCEROS, COMERCIABILIDAD E IDONEIDAD PARA UN FIN DETERMINADO. REMOTELOCK NO GARANTIZA QUE EL HARDWARE FUNCIONE SIN INTERRUPCIONES O ERRORES, QUE EL HARDWARE PREVENGA DAÑOS A LA PROPIEDAD, ROBOS, PÉRDIDAS O LESIONES PERSONALES, O QUE EL HARDWARE CUMPLA CON CRITERIOS DE RENDIMIENTO ESPECÍFICOS.
Devoluciones
La política de devoluciones de RemoteLock se establece en remotelock.com/legal/warranty-and-returns-information. El Cliente reconoce y acepta por el presente esta política.
Limitación de Responsabilidad.
EL CLIENTE ACEPTA QUE, EN LA MEDIDA PERMITIDA POR LA LEY APLICABLE, EN NINGÚN CASO REMOTELOCK O SUS EMPRESAS MATRICES, FILIALES, EMPRESAS RELACIONADAS, DIRECTIVOS, CONSEJEROS, EMPLEADOS, CONTRATISTAS, AGENTES, REPRESENTANTES, LICENCIANTES O PROVEEDORES (COLECTIVAMENTE, REMOTELOCK Y LAS DEMÁS ENTIDADES, LAS “ENTIDADES REMOTELOCK”) SERÁN RESPONSABLES DE CUALQUIER DAÑO ESPECIAL, INCIDENTAL, INDIRECTO, EJEMPLAR, PUNITIVO O CONSECUENTE DE CUALQUIER TIPO RELACIONADO CON ESTE CONTRATO O EL HARDWARE, INCLUYENDO, ENTRE OTROS, EL ACCESO NO AUTORIZADO A LA PROPIEDAD DEL CLIENTE O DAÑOS A LA PROPIEDAD, INCLUSO SI LAS ENTIDADES REMOTELOCK HAN SIDO ADVERTIDAS DE LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS. ADEMÁS, EN LA MEDIDA PERMITIDA POR LA LEY APLICABLE, EN NINGÚN CASO LA RESPONSABILIDAD TOTAL DE LAS ENTIDADES REMOTELOCK QUE SURJA DE O ESTÉ RELACIONADA CON ESTE CONTRATO EXCEDERÁ LA CANTIDAD MAYOR ENTRE EL IMPORTE PAGADO POR EL CLIENTE A REMOTELOCK EN RELACIÓN CON ESTE CONTRATO O CIEN DÓLARES (US$100.00). LAS LIMITACIONES DE ESTA SECCIÓN SE APLICARÁN A PESAR DE CUALQUIER FALLO DE UN PROPÓSITO ESENCIAL.
LA LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD DESCRITA ANTERIORMENTE SE APLICARÁ PLENAMENTE A LOS RESIDENTES DE NUEVA JERSEY. SI ALGUNA PARTE DE ESTA SECCIÓN SE CONSIDERA INVÁLIDA SEGÚN LAS LEYES DEL ESTADO DE NUEVA JERSEY, LA INVALIDEZ DE DICHA PORCIÓN NO AFECTARÁ LA VALIDEZ DE LAS PARTES RESTANTES DE LA LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD.
Legislación aplicable y jurisdicción
El presente Contrato se regirá e interpretará de conformidad con las leyes del Estado de Colorado, excluyendo sus disposiciones sobre conflicto de leyes. Las partes acuerdan que la Ley Uniforme de Transacciones de Información Informática (UCITA) queda por la presente excluida de la aplicación a este Contrato y las partes acuerdan que la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías queda excluida en su totalidad de este Contrato. Cualquier acción o procedimiento que surja de o esté relacionado con este Contrato deberá presentarse ante un tribunal federal o estatal en Denver, Colorado, EE. UU., y cada parte se somete irrevocablemente a la jurisdicción y competencia exclusivas de dicho tribunal en cualquier acción o procedimiento de este tipo.
General.
Comunicaciones electrónicas.
El Cliente consiente en recibir comunicaciones electrónicas de RemoteLock. Estas comunicaciones electrónicas pueden incluir avisos sobre tarifas y cargos aplicables, información transaccional y otra información relativa o relacionada con el Hardware. Estas comunicaciones electrónicas forman parte de la relación del Cliente con RemoteLock y el Cliente las recibe como parte de su acuerdo con RemoteLock. El Cliente acepta que cualquier aviso, acuerdo, divulgación u otra comunicación que RemoteLock envíe al Cliente electrónicamente satisfará cualquier requisito legal de comunicación, incluyendo que dichas comunicaciones sean por escrito.
Acuerdo completo.
A menos que el Cliente haya celebrado un acuerdo o documento de pedido independiente con RemoteLock que contenga términos adicionales (un "Acuerdo Marco"), el presente Contrato representa el entendimiento completo entre el Cliente y RemoteLock en relación con la compra y/o el uso por parte del Cliente del Hardware establecido en el Formulario de Pedido. Para evitar dudas, una orden de compra del Cliente o un documento similar no se considerará un Acuerdo Marco y los términos de dicho documento no se aplicarán. Si un Acuerdo Marco se aplica al Hardware, los términos del Acuerdo Marco y del presente Contrato se aplicarán al Hardware, a menos que se establezca lo contrario en el Acuerdo Marco. En caso de conflicto entre el Acuerdo Marco y el presente Contrato, prevalecerá el Acuerdo Marco. Para evitar dudas, salvo lo establecido en la frase anterior, el presente Contrato prevalece sobre cualquier otra comunicación entre el Cliente, o en nombre del Cliente, y RemoteLock, incluyendo cualquier versión anterior del presente Contrato.
Notificaciones.
Cualquier notificación en virtud del presente deberá hacerse por escrito y se enviará por correo certificado o por correo electrónico. Las notificaciones al Cliente se enviarán a cualquier dirección física y/o de correo electrónico proporcionada por el Cliente (o en nombre del Cliente) a RemoteLock. Las notificaciones a RemoteLock se enviarán por correo electrónico a legalnotice@remotelock.com. Las notificaciones se considerarán entregadas cuando se reciban.
Fuerza Mayor
Ninguna de las partes será responsable de ningún incumplimiento del Contrato ni de ningún retraso o fallo en el cumplimiento que resulte de cualquier causa fuera del control razonable de dicha parte, incluyendo, entre otros, el clima, disturbios civiles, actos de autoridades civiles o militares, pandemias o casos fortuitos.
Otras disposiciones.
Ninguna renuncia, enmienda o modificación de cualquier disposición del presente Contrato será efectiva a menos que se haga por escrito y sea firmada por la parte contra la cual se pretenda hacer valer dicha renuncia, enmienda o modificación.
Ningún fallo o retraso por parte de cualquiera de las partes en el ejercicio de cualquier derecho, facultad o recurso en virtud del presente Contrato, salvo que se disponga específicamente lo contrario en el mismo, se considerará una renuncia a dicho derecho, facultad o recurso.
Si alguna disposición del presente Contrato fuera declarada por un tribunal de jurisdicción competente como contraria a la ley, las demás disposiciones del presente Contrato permanecerán en pleno vigor y efecto.
La relación entre las partes será únicamente la de contratistas independientes y nada de lo contenido en el presente Contrato se interpretará en el sentido de que alguna de las partes sea agente, socio, coinversor o representante de la otra para ningún propósito.